Marzo 29, 2024

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Edicto Impuesto sobre Actividades Económicas del municipio de Eivissa

Formada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Baleares, la matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas del municipio de Eivissa, correspondiente al año 2020, se expondrá al público quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto en el BOIB, en las oficinas municipales de la calle Canarias 35, bajos, gestión Tributaria

Contra los actos administrativos constitutivos de la matrícula, a los que se refiere el art. 4 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, puede interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el responsable de la Dependencia de Gestión de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Baleares, en el plazo de quince días, contados desde el inmediato siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública de la matrícula.

Eivissa, 2 de junio de 2020
Sgt. Estefanía Torres Sánchez
Concejala Delegada de Economía y Admón. municipal

Términos y Condiciones

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Al Ayuntamiento de Eivissa tratamos la información obtenida con el fin de poder enviar a los interesados ​​información de carácter general que pueda serles de utilidad.

¿Por cuánto tiempo conservaremos sus datos?
Almacenamos los datos durante el tiempo necesario para poder cumplir con las obligaciones legales que encomienda la normativa administrativa, y siempre, cumpliendo a lo menos con el tiempo mínimo de conservación de la información. De conformidad con lo regulado en el artículo 26 de la LOPD-GDD será lícito el tratamiento por esta entidad de los datos con fines de archivo en interés público, siempre cumpliendo con la normativa vigente de archivos y documentación.

¿Existencia de decisiones automatizadas?
No hay decisiones automatizadas.

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Cualquier persona tiene derecho a obtener información sobre si en esta Entidad se están tratando sus datos personales o no.

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Asimismo, tiene derecho de rectificación de los datos si son inexactos. (Por ejemplo, puede pedir una rectificación de su domicilio, un cambio de nombre, etc.).

Los interesados ​​tienen derecho a la limitación del tratamiento, para lo cual deberán solicitar al responsable, el cual deberá suspender el tratamiento de los datos cuando los ciudadanos soliciten la rectificación o supresión de sus datos, hasta que se resuelva su solicitud.

Los interesados ​​podrán ejercer el derecho de supresión (derecho al olvido) siempre que se den las circunstancias enumeradas en el RGPD y según lo regulado en el artículo 15 de la LOPD-GDD.

El afectado puede ejercer el derecho de oposición a el tratamiento, siempre por motivos relacionados con su situación personal, con la excepción de que se acredite un interés legítimo, o sea necesario para el ejercicio o defensa de reclamaciones. Igualmente, cuando el tratamiento tenga por objeto la marketing directa.

El interesado tiene derecho a la portabilidad, a obtener los datos en un formato estructurado, de uso común y de lectura mecánica, ya transmitirlos a otro responsable del tratamiento cuando el tratamiento esté basado en el consentimiento o efectúe por medios automatizados.

Los interesados ​​podrán ejercer los derechos enumerados en los párrafos anteriores, a través de los formularios disponibles en la sede electrónica de esta entidad o remitiendo a la misma un escrito por correo postal.

¿Cuándo puedo ejercer el derecho de reclamación ante la Autoridad de Control?
Podrá presentar reclamación ante la Autoridad de Control en materia de protección de datos competente, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, mediante escrito dirigido a la Agencia Española de Protección de Datos, C / Jorge Juan, nº 6, 28001 Madrid o bien accediendo a su sede electrónica: https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/

Anuncio exposición bases puestos de venta en los mercados periódicos artesanos de la Plaza del Parque, ses Figueretes y el Puerto 2020

Habiéndose aprobado por Decretos de Alcaldía de fecha 21 de febrero de 2020, (Decreto 2019-1162, Decreto 2019-1163 i Decreto 2019-1164), las bases reguladoras para la adjudicación de autorizaciones de puestos de venta ambulante en los mercados periódicos de artesanía de la Plaza del Parque, de la zona de Figueretas y de la zona del Puerto para el año 2020, éstas se exponen al público en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica Municipal http://eivissa.sedelectronica.es.

Estas bases se pueden recurrir potestativamente en los términos y plazos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o directamente, por la interposición de recurso contencioso administrativo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Eivissa, a 24 de febrero de 2020
La concejal de Turismo, Comercio y Mercados
Fdo.: Dessiré Ruiz Mostazo

Anuncio aprobación Bases OVP actividades itinerantes

Habiéndose aprobado por Decreto de Alcaldía de fecha 11 de febrero de 2020 (Decreto 2020-846) las Bases reguladores de ocupación de la vía pública para la instalación de actividades itinerantes en el año 2020, quedan expuestas al público en el Tablón de anuncios de la Sede Electrónica Municipal http://eivissa.sedelectronica.es.

Estas bases pueden recurrirse potestativamente en los términos y plazos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o directamente mediante la interposición de un recurso contencioso administrativo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.